Acuerdo de Corresponsabilidad

De conformidad con el Art. 26.2 del Reglamento General de Protección de Datos (en adelante “RGPD”), el presente documento tiene por finalidad informar a los interesados de los aspectos esenciales del Acuerdo de corresponsabilidad formalizado por los dos arquitectos autónomos integrantes del Estudio de Arquitectura “Ariadna Nieto Dopazo, Miguel Traveso Martínez ARQUITECTOS”, en la medida que han acordado conjuntamente los objetivos y los medios del tratamiento que se detallan en el presente acuerdo. A continuación, se indican los datos de los corresponsables del tratamiento:

 

  1. RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

 

Los arquitectos autónomos corresponsables del tratamiento de sus datos son:

CORRESPONSABLE 01:

  • Denominación: MIGUEL TRAVESO MARTÍNEZ
  • NIF: 44452280L
  • Dirección: Calle Nuestra Señora de la Saínza. Nº3. 5ºB. 32005. Ourense. Galicia. España.
  • Teléfono: 988100756

 

CORRESPONSABLE 02:

  • Denominación: ARIADNA NIETO DOPAZO
  • NIF: 44484936S
  • Dirección: Calle Nuestra Señora de la Saínza. Nº3. 5ºB. 32005. Ourense. Galicia. España.
  • Teléfono: 988100756

 

En adelante, cada uno de los arquitectos autónomos ya enumerados puede ser referido de forma singular como “la Parte” y, de forma conjunta, como “las Partes”.

Usted puede contactar con los respectivos corresponsables del tratamiento de datos a través de las direcciones postales anteriormente indicadas o a través de las siguientes direcciones de correo electrónico:

CORRESPONSABLE 01: migueltraveso@coag.es

CORRESPONSABLE 02: ariadnanieto@coag.es

 

  1. OBJETO DEL PRESENTE ACUERDO

 

Las relaciones de los corresponsables en relación con los interesados, se produce en relación a todas las actividades de tratamiento automatizados de datos de carácter personal llevadas a cabo por las Partes.

 

  1. FUNCIONES DE LOS CORRESPONSABLES Y RELACIONES ENTRE ELLOS

 

Las Partes, deberán atender las obligaciones propias que establece el RGPD para un responsable de tratamiento, debiendo, entre otras, realizar las siguientes actuaciones:

a) Las Partes acuerdan que las solicitudes de ejercicio de los derechos se podrán efectuar frente a cualquiera de los corresponsables, comprometiéndose cada uno de ellos a llevar a cabo las actuaciones necesarias para tramitar y atender el ejercicio del derecho correspondiente, cumpliendo con la totalidad de los requisitos legales a estos efectos establecidos, así como cumpliendo con el procedimiento de ejercicio de derechos en materia de Protección de Datos.

b) Las Partes deben resolver dentro del plazo establecido las solicitudes de ejercicio de derechos y comunicar a la otra Parte la recepción de la solicitud a fin de que puedan resolver conjuntamente dichas solicitudes.

c) Las Partes, en el momento de la recogida de los datos, deben facilitar la información relativa a los tratamientos de datos personales que se van a realizar, de conformidad con el RGPD, incluyendo la identidad de los diversos responsables del tratamiento.

d) Las Partes se comprometen a tomar las medidas necesarias para que los datos personales se mantengan actualizados.

e) Las Partes acuerdan actuar y gestionar conjuntamente cualquier brecha de seguridad que se produzca, coordinando la notificación que, en su caso, sea necesaria realizar a las autoridades competentes y a los interesados.

f) Cada Parte se compromete a poner en práctica las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo.

g) Cada Parte se compromete a cumplir las disposiciones impuestas por el RGPD.

h) Una vez finalice la relación contractual existente entre las Partes, cada Parte está autorizada a proseguir el tratamiento de datos personales de clientes y clientes potenciales como único responsable de tratamiento, ateniéndose al RGPD.

i) De conformidad con lo establecido en el art. 32 del RGPD, las Partes deberán implantar mecanismos para:

    • Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
    • Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
    • Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
    • Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.

 

  1. RESPONSABILIDADES

 

En relación con las posibles responsabilidades que puedan surgir respecto a los daños y perjuicios causados a los interesados, el corresponsable que demuestre su falta de culpabilidad por los daños causados, de acuerdo con el Art. 82.3 del RGPD, no se considerará responsable.

El corresponsable que haya pagado una sanción económica o una indemnización por daños y perjuicios podrá reclamar a los demás corresponsables una parte proporcional, de acuerdo con la responsabilidad asumida por cada parte. En este sentido, se establece que la asunción de responsabilidad en este acuerdo para cada corresponsable es proporcional al número total de corresponsables.

En todo caso, el interesado podrá reclamar contra cualquiera de los corresponsables, que responderán por la totalidad, con independencia de que posteriormente puedan reclamar contra los demás corresponsables por la parte proporcional, de acuerdo con la responsabilidad asumida por cada parte.

El presente acuerdo tiene una duración indefinida, y los interesados encontrarán toda la información complementaria en la página web del estudio de arquitectura.